¿Vale una traducción jurada firmada electrónicamente?
Sí, vale exactamente igual. Desde la Orden AUC/213/2025, en vigor el 8 de marzo de 2025, una traducción jurada firmada con certificado electrónico cualificado tiene la misma validez que la firmada a mano con sello físico.
Qué dice exactamente la norma
La Orden AUC/213/2025, de 26 de febrero, regula el uso de la firma electrónica para la certificación de las actuaciones de traductores e intérpretes jurados. Su artículo 3.7 es claro: la certificación mediante firma electrónica puede sustituir, pero no excluye ni invalida, la certificación mediante firma manuscrita y sello físico.
Qué tipo de firma se exige
No sirve cualquier firma digital. La norma exige firma electrónica cualificada con certificado de persona física, conforme a los artículos 3.15 y 28 del Reglamento europeo eIDAS. Una imagen escaneada de la firma pegada en el PDF no cumple, y un documento así puede ser rechazado.
- Formato PAdES para documentos con texto, que es lo habitual en un PDF.
- Formato CAdES para imagen, audio o vídeo.
- Verificable por cualquiera en valide.redsara.es.
El sello físico se sustituye por un recuadro
Cuando se firma electrónicamente, el sello de caucho desaparece y su lugar lo ocupa un recuadro de texto. El artículo 3.8 dice qué debe contener: nombre y apellidos del traductor, los idiomas para los que está habilitado por el Ministerio, y su número de traductor jurado.
Qué significa esto en la práctica
Que ya no hace falta esperar a una mensajería para tener un documento válido. Recibes el PDF por correo electrónico, lo presentas donde te lo pidan y quien lo reciba puede comprobar la firma en el validador oficial del Estado. El papel solo hace falta si el organismo de destino lo exige expresamente.
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